El Contrato de Alquiler

En lo que respecta a la actividad de alquiler de maquinaria, podríamos decir que por el tipo de instalaciones, por el tipo de maquinaria de alquiler (a excepción de los andamios y las grúas de gran tonelaje), por el personal... las empresas se asemejan unas a otras, pero hay dos circunstancias que hacen que, en el aspecto asegurador, las empresas se diferencien totalmente unas de las otras en cuanto a sus necesidades para su Programa de Seguros:

ALQUILER CON O SIN CONDUCTOR – Grúas de gran tonelaje

SOBRE TODO: EL CONTRATO DE ALQUILER

No es posible asesorar a una empresa de este sector sin conocer en su totalidad todas las cláusulas que delimitan las responsabilidades del arrendador y del arrendatario del contrato de alquiler, incluso es bastante común el aplicar un importe sobre la factura en concepto de seguros:

¿Qué seguros les estamos cubriendo?

Los seguros no llevan IVA, ¿lo tenemos que aplicar antes o después del IVA?

TODAS LAS EMPRESAS DEL SECTOR SE ASEMEJAN PERO NO HAY 2 IGUALES Y EL TIPO DE CONTRATO DE ALQUILER ES EL QUE NOS MARCARÁ LAS COBERTURAS QUE PRECISAMOS CONTRATAR

Por ejemplo:

Delimitar nuestras Responsabilidades

En muchos contratos de alquiler actualmente consta :

“El arrendatario es responsable de la utilización del material alquilado y de todos los daños sufridos por el mismo, desde la entrega hasta la finalización del contrato .”

Es decir , la responsabilidad del Arrendatario se limita en el tiempo hasta la finalización del contrato, y en muchas ocasiones la recogida por nuestra parte no se efectúa hasta el día siguiente de la finalización del contrato,

¿De quién es la responsabilidad durante este tiempo?

“El arrendatario es responsable de la utilización del material alquilado y de todos los daños sufridos por el mismo, desde la entrega hasta la recogida del material alquilado por parte del Arrendador.”